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¿Los pensionistas tienen derecho a las prestaciones de EsSalud?

Los pensionistas por Jubilación, Invalidez y Sobrevivencia mantienen el derecho a recibir los beneficios de las prestaciones de salud que otorga el EsSalud.

De conformidad a la norma vigente, se le retiene el 4 % del monto de su pensión mensual.
¿Cuáles son las formas de pago que un pensionista puede elegir?
A. El pago de las pensiones, bajo cualquier modalidad, se efectúa por intermedio de ProFuturo AFP.

Para el pago de su pensión, el pensionista podrá solicitar por escrito su decisión de que :


Se abone a una cuenta corriente o de ahorros bancaria y personal, mediante una carta 
simple adjuntando el documento que acredite la existencia de dicha cuenta bancaria.
El pago se efectué en la Agencia de ProFuturo AFP que usted elija.
De no elegir ninguna de las opciones anteriores, se presume el envío de Cheque a 
domicilio.

B.

Cada 6 meses el pensionista debe presentarse con su documento de identidad ante una de nuestras Agencias.

Sólo en los siguientes casos deberá presentar un Certificado de Supervivencia expedido por la autoridad competente:


Si no existe una Agencia en la localidad de su domicilio; o
Si la gravedad de su estado de salud, impide su desplazamiento
 
Adicionalmente nuestros pensionistas tiene derecho a:

Cobro Mensual de su Pensión:
Los pensionistas de ProFuturo AFP tienen derecho a:
Cobrar su pensión dentro de los 7 últimos días de cada mes.
Elegir la forma que más le convenga en el cobro de sus pensiones mensuales (Abono directo en cuenta de ahorros, cobro en agencia o pago a domicilio).

Gastos de Sepelio:
En caso de fallecimiento, los pensionistas por jubilación e invalidez tienen derecho a la prestación de reembolso de gastos de sepelio a ser otorgado de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC) por ProFuturo AFP o la Compañía de Seguros que le otorga la pensión, y también por EsSalud.

En el caso de los pensionistas por sobrevivencia, tienen derecho a la prestación de gastos de sepelio por EsSalud, de cumplir con los requisitos exigidos por la ley.


Evaluación por Invalidez:
Los pensionistas por invalidez en el periodo transitorio, tienen derecho a ser evaluados en la oportunidad en que el Comité Médico competente lo determine, de modo que, de continuar su condición de invalidez, el pago de su pensión mensual no se vea interrumpido.

Continuar Laborando:
A un jubilado de ProFuturo AFP que decida continuar su actividad laboral como dependiente, no se le descontará por concepto de aportes obligatorios (Fondo, Prima y comisión AFP) siempre y cuando comunique a su empleador tal condición.  Sin embargo, podrá efectuar aportes voluntarios sin fin previsional a su Cuenta Individual de Capitalización.

En todos los casos, en que el empleador descuente aportes obligatorios por desconocimiento de la condición de jubilado, estos le serán devueltos al pensionista, a su solicitud.


Recibir las Prestaciones de salud de EsSalud:
Los pensionistas de ProFuturo AFP tienen derecho a recibir los beneficios de las prestaciones de salud que otorga EsSalud.  Para tal efecto, se le retiene al momento del pago de su pensión mensual, el equivalente al 4% del monto de dicha pensión.
Para acceder a dicho beneficio deben contar con tres (3) aportes consecutivos o con cuatro (4) no consecutivos dentro de los seis anteriores al mes en que se solicita la atención médica.  

En caso de accidentes basta que exista afiliación.
Para su atención, bastará presentarse a las dependencias de EsSalud portando su Documento de Identidad.


La exoneración del Impuesto Predial:
Según Ley Nª 26952, de mayo de 1998, que modifica el artículo 19ª del Decreto Legislativo Nª 776ª- Ley de Tributación Municipal, los pensionistas propietarios de un solo inmueble a nombre propio o de la sociedad conyugal, que esté destinado a vivienda de los mismos, deducirán de la base imponible del Impuesto Predial, un monto equivalente (50) UIT, vigentes al 1ª de enero de cada ejercicio gravable.  

Se considera que se cumple el requisito de la única propiedad, cuando además de la vivienda, el pensionista posea otra unidad inmobiliaria constituida por la cochera.  El uso parcial del inmueble con fines productivos, comerciales y/o profesionales, con aprobación de la municipalidad respectiva, no afecta la deducción que establece este artículo.


La exoneración del Impuesto a la Renta:
Los pensionistas de ProFuturo AFP, desde el 01 de ENE 2001, están inafectos al pago del Impuesto a la Renta sobre el monto de sus pensiones (Ley Nª 27356 - OCT 2000).