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Las Prestaciones de acuerdo a ley son : |
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Pensión de jubilación |
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Pensión de invalidez |
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Pensión de sobrevivencia. |
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Gasto de Sepelio. |
| Las pensiones se hacen efectivas bajo determinadas modalidades de pensión básicas, o, complementarias . |
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La prestación de Gastos de Sepelio, se otorga a través del reembolso a quien efectuó los respectivos gastos, hasta por el monto máximo vigente a la fecha de fallecimiento de nuestro afiliado.
Pensión de Jubilación:
Prestación otorgada a los afiliados de ProFuturo AFP, consistente en el pago mensual de una cantidad de dinero financiado con el saldo de su CIC, siempre que cumpla con los requisitos y procedimientos establecidos en las normas legales del SPP.
Existe jubilación por edad legal (65 años) y jubilación anticipada.
Pensión de Invalidez:
Prestación otorgada a los afiliados de ProFuturo AFP, consistente en el pago mensual de una cantidad de dinero como consecuencia de sufrir una contingencia que los incapacite para seguir trabajando, según el dictamen emitido por el Comité Médico respectivo.
La invalidez puede ser parcial o total
Pensión de Sobrevivencia:
Beneficio económico otorgado a los beneficiarios de nuestros afiliados, si se produce su fallecimiento.
Los beneficiarios pueden ser : Cónyuge o concubino, hijos o padres.
Para que puedan ejercer este derecho cada uno debe cumplir determinado requisito.
Gastos de Sepelio:
Reembolso otorgado a la(s) persona(s) (naturales o jurídicas) que asumieron los gastos por el entierro del afiliado.
El monto otorgado está regulado por ley.
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