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Deberes y Derechos del Empleador
La siguiente es una relación de los Deberes y Derechos de nuestros Empleadores:
Deberes
  • Estar informado sobre el monto de la comisión de ProFuturo AFP.
  • Estar informado sobre la incorporación de sus empleados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), el 1er mes de devengue y el Código Unico de Identificación del SPP (CUSPP) de cada uno de sus trabajadores.
  • Cuando un trabajador no afiliado al Sistema Privado de Pensiones (SPP) ingrese a laborar a un centro de trabajo, el empleador requerirá por escrito al trabajador, dentro del plazo de 10 días naturales, el nombre de la AFP a la que desea afiliarse o manifieste su deseo de permanecer o incorporarse al Sistema Nacional de Pensiones (SNP).
  • Es responsabilidad del empleador informar a ProFuturo AFP, el cese de un trabajador.
  • Los Aportes Obligatorios y Voluntarios del afiliado, deben ser retenidos, declarados y pagados por el empleador en los plazos establecidos, incluyendo los Aportes Voluntarios del empleador.
  • El empleador que efectúe pagos al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) después de la incorporación de sus trabajadores a ProFuturo AFP, será responsable por la regularización de los Aportes adecuados a ProFuturo AFP.
  • Si un trabajador realiza labores en calidad de dependiente, pero es contratado como independiente el empleador será sancionado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y será responsable de regularizar todos sus Aportes a ProFuturo AFP devengados en el correspondiente periodo, incluyendo los intereses moratorios.
  • En caso de no poder cumplir con el pago oportuno de los Aportes Previsionales a ProFuturo AFP, el empleador debe presentar una "Declaración Sin Pago de Aportes Previsionales" (DSP).
  • El empleador no deberá retener Aportes Obligatorios en el caso de jubilados de ProFuturo AFP que continúan laborando ni retener la Prima de Seguro a los afiliados a ProFuturo AFP mayores de 65 años que continúan trabajando (Desde el mes de devengue DIC 2001).
  • Para efectos del trámite de la Solicitud de Bono de Reconocimiento (SBR), los empleadores en un plazo de 30 días deben entregar correctamente llenado el formato Declaración Jurada del Empleador a solicitud de sus trabajadores o ex-trabajadores incorporados a ProFuturo AFP.
  • El empleador debe contar con una Plantilla de Remuneraciones en la cual debe controlar los casos de sus trabajadores incorporados a ProFuturo AFP y entregar la correspondiente Boleta de Pago a sus trabajadores en la que consta las referencias realizadas.

Derechos

  • Realizar Aportes Voluntarios a nombre de sus trabajadores incorporados a ProFuturo AFP.
  • Utilizar los mecanismos de consulta que dispone la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), dirigidos a brindar a los empleadores información respecto a la condición de afiliados y la AFP en la que se encuentran inscritos sus trabajadores.
  • Recibir un descuento en los intereses moratorios, al pagar dentro de los plazos establecidos una Declaración Sin Pago (DSP) presentada oportunamente.
  • Actualizar sus datos ante ProFuturo AFP.